REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas,_______ de _________________del 2.006
Años 196° y 147°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y las testimoniales evacuadas al efecto, este Tribunal ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones a favor de los solicitantes ciudadanos FRANCISCA MARIA MARQUEZ DE CONTRERAS, DELCIA ZENAIRA MARQUEZ, MARÍA ESTRELLA MARQUEZ, LIGIA ENCARNACIÓN CONTRERAS MARQUEZ, NELLY ZORAIDA CONTRERAS MARQUEZ, SULAY MARINA CONTRERAS MARQUEZ y EDGAR MARTIN CONTRERAS MARQUEZ, venezolanos, mayor de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-940.963, V-2.957.755, V-4.808.114, V-4.160.150, V-4.436.348, V-5.889.691 y V-5.889.532, respectivamente HEREDEROS del ciudadano MARTIN CONTRERAS, quien en vida fue de nacionalidad venezolano, y titular de la cédula de identidad N° V-947.815, dejando a salvo los derechos de terceros. Entréguese copias certificada de las presentes actuaciones al solicitante, previa certificación por Secretaria de conformidad con lo establecido en el artículo 112 ejusdem.-
LA JUEZ.
Dra. ANGELINA M. GARCIA HERNANDEZ.-
LA SECRETARIA, ACC.
KELYN CONTRERAS.
Exp. S- 8528
AMGH/KC/Lizmaika.
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