REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, cinco (05) de diciembre de dos mil seis (2006).-
Años 196º y 147°
Vista la diligencia suscrita en fecha treinta (30) de noviembre de 2006, por la abogada EDYNEL GAMBOA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 111.471, en su carácter de apoderada judicial de FONDAFA, mediante la cual solicita copia certificada de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 29 de noviembre de 2006; este Tribunal, acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas con inserción de la diligencia mediante la cual las solicita y del presente auto. Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
VJGJ/RDM/zovig
Exp. N° 9482
Quien suscribe abogado Richars Domingo Mata, Secretario Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Certifica: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de los copias que corren insertos en los copiadores de sentencia del expediente signado con el N° 9482 contentivo del juicio de COBRO DE BOLÍVARES (REGULACIÓN DE COMPETENCIA) incoado por FONDO DE DESARROLLO AGROPECUARIO PESQUERA, FORESTAL Y AFINES (FONDAFA) en contra de ALIMENTOS INDUSTRIALES MAZORA. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Caracas, cinco (05) de diciembre de dos mil seis (2006).
El Secretario,
Abog. Richars Domingo Mata
RDM/zovig
Exp. N° 9482