Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua para decidir sobre el cumplimiento de pena del penado CONCEPCION SIERRA CESAR ANTONIO, a quien se le sigue causa signada con el número 2E-314-03, OBSERVA:

PRIMERO: El Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 04-06-03, condenó al Penado: CONCEPCION SIERRA CESAR ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.729.184, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

SEGUNDO: Al Penado de autos le fue acordada la suspensión condicional de la ejecución de la pena en fecha 30-08-04, hasta el 29-08-06, fecha en que finalizó el régimen de prueba por cumplimiento de lapso impuesto del beneficio acordado, lo cual se puede observar en la constancia de finalización emanada de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Aragua, suscrita por el Lic. Leonel Ramos, Jefe de la Unidad Técnica, y Abg. Rossana Capriles, Delegado de Prueba, la cual corre inserta al folio doscientos dos (202) de la presente causa.

TERCERO: Ahora bien, observa este Juzgador que el penado ut-supra mencionado, cumplió con la pena en fecha 29-08-06, quedando pendiente la sujeción a la vigilancia por una quinta parte del tiempo de la condena desde que esta termine de conformidad con en el artículo 16 del Código Penal, vale decir hasta el día 23-01-07.