REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CON SEDE EN CAGUA

Cagua, 01 de Diciembre de 2006
196° y 147°
SOLICITANTE: LECA & SUAREZ, C.A, en la persona de JOSE ANTONIO CATANHO LECA y ROSELINO DE JESUS PERDOMO SUAREZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° E-81.361.541 y V-7.183.655, respectivamente, en su carácter de Presidente y Gerente General de la mencionada empresa.

APODERADO JUDICIAL DEL SOLICITANTE: GERARDO E. OMAÑA V., Inpreabogado N° 25.635

MOTIVO: NOTIFICACION

Por cuanto en fecha 30 de Octubre de 2006 tome posesión como Juez Temporal de este Tribunal, me avoco al conocimiento de la presente causa. Por cuanto de la revisión de las actuaciones anteriores que conforman al presente expediente, se constata que ha transcurrido más de UN (01) AÑO, sin que las partes hayan ejecutado ningún Acto de Procedimiento, es por lo que este Juzgado en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil.

Dado, firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Archívese el expediente constante de ( 33) folios útiles.
LA JUEZ TEMPORAL

Dra. ENEIDA VÁSQUEZ DE ÁLCALA
EL SECRETARIO


Abg. CAMILO HERRERA CHACON

En la misma fecha, previa el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registro, siendo las 09:10 a. m.

EL SECRETARIO
Expte N° 05-1241
EVA/cchh/ym