REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 21 de diciembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO : DP11-S-2006-000826
SENTENCIA
PARTE ACTORA: LENDRY SUAREZ , titular de la cédula de identidad No. 14.656.204
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: REYES JOSE SANDOVAL CARDONA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 101.299.-
PARTE DEMANDADA: ENREJADOS METALICOS ACEROGRILL CA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE GABRIEL ACOSTA MEDINA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 78.623
Motivo: CALIFICACIÖN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, 21 de DICIEMBRE del 2005, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, mediante su Apoderado Judicial Abogado JOSE GABRIEL ACOSTA MEDINA, Inscrito. en el Inpreabogado bajo los Nro. 78.623, tal y como consta en Instrumento Poder que en original fue presentado a efectus videndi y consigna copia simple del mismo, el cual se agrega a los autos Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de Apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ,
DRA. MARIA ELENA BRAVO RICO.
EL APODERADO DE LA DEMANDADA
EL SECRETARIO,
ABOG. ARTURO CALDERON
|