REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ACOSTA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO DEL MUNICIPIO ACOSTA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, SAN ANTONIO DE MATURIN, DIEZ DE ENERO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
195º Y 146
De la revisión de la causa contenida en el expediente Nº 00112, de la nomenclatura interna que lleva este Tribunal, se observa que desde el día 06-12-2004, fecha de la última actuación de la presente causa inserta en el folio Once (11) del Cuaderno de Medidas del presente expediente ha transcurrido tiempo necesario para que conforme a lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, opere la Perención de la Instancia contenida en esta causa, y así se declara.
La Jueza Suplente Especial
Abg. Marleni Rocca
El Secretario Temporal
Miguel Antonio Barcenas.-
Exp. Nº 00112