REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL


Maracay, 20 de enero del 2006.-

Vista la presentación que en condición de detenido hiciese la Fiscalía 8va del ministerio Público del ciudadano JOSR GARREDY FLORES, estando asistidos de su defensa ABG. CINZYA DE DIFRANCESCANTONIO adscrito a la Unidad de Defensorías Públicas y presente la víctima YANET FARIAS, este tribunal decidió: los hechos atribuidos sucedieron en fecha 19-01-2006 en horas de la noche cuando la víctima estaba llegando a su casa y era perseguida por su esposo de quién está separándose, es cuando éste le empieza a reclamar del porque no se ocupa de su hijo y ella le quita el niño y le dice que se vaya, es así que el hoy imputado le lanza una cachetada y ella se defiende entra a su casa y el imputado sigue agrediéndola al punto que un amigo de la víctima tuvo que intervenir, es llevada al ambulatorio mas cercano donde le diagnostican contusión en el ojo; el ministerio público calificó el hecho como VIOLENCIA FISICA previsto en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia lo cual este tribunal comparte la calificación, mas por cuanto el hecho no es de gravedad procede a decretar MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de presentarse cada 15 días ante la oficina del Alguacilazgo y no acercarse a la víctima, conforme al ordinal 3ro y 6to del artículo 256 del Código orgánico procesal penal. Y ASI SE DECIDE. Se declara la inmediata libertad. Remítanse las actuaciones. Se acuerda el procedimiento ABREVIADO solicitado por el Ministerio Público y la REMISION DE LAS ACTUACIONES AL TRIBUNAL DE JUICIO. Cúmplase.-
LA JUEZA,

ABG. MARJORIE CALDERON GUERRERO.-

LA SECRETARIA,

ABG. DORITA FREITAS.-

Exp: 1C-7185-06.-