REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Maracay, 05 de Enero del 2006.-
Vista la presentación que en condición de detenido hiciese la Fiscalía 14ta del ministerio Público de la ciudadana DELIA OSWALDA SILVA, estando asistido de su defensor ABG. JORGE BUJANDA, este tribunal decidió: la referida ciudadana en fecha 03-01-2005 como a las 10:30 de la mañana se dirige a la sede de la Fiscalía Decimocuarta del Ministerio público con sede en la ciudad de Villa de Cura, estado Aragua a los fines de entrevistarse con la Fiscal ABG. INGRID REYES OCHOA y tramitar una denuncia pendiente en dicha Fiscalía en contra de su esposo, una vez que se entrevista con la funcionario público la imputada se altera y comienza a gritarle y es cuando toma un objeto que estaba encima de la mesa y procede a golpear a la representante fiscal produciéndole una lesión en la cara; el Ministerio público calificó el hecho como ULTRAJE A FUNCIONARIO PUBLICO y LESIONES LEVES previsto en los artículos 223 y 413 del Código penal, calificación esta que acogió el Tribunal mas siendo el delito de penalidad menor y a propia solicitud del Fiscal, es por lo que se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de presentación cada 15 días ante la oficina del Alguacilazgo y presentación de dos fiadores preferiblemente familiares que presten caución quienes deberán tener residencia fijar y estar laborando por lo que deberán presentar constancia de residencia y de trabajo con números telefónicos para poder verificar los mismos, una vez presentado ello, se librará la respectiva boleta de libertad, ello conforme a los ordinales 3ro y 8vo del articulo 256 del Código orgánico procesal penal. Y ASI SE DECIDE. Líbrese oficio a la Comisaría san carlos del Cuerpo de seguridad y orden público donde permanecerá detenida. Remítanse las actuaciones a la FISCALIA SUPERIOR en virtud de la solicitud de la vindicta pública. Cúmplase.-
LA JUEZA,
ABG. MARJORIE CALDERON GUERRERO.-
LA SECRETARIA,
ABG. DAMARIS COBO.
Exp: 1C-7160-06.-
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