REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO OCTAVO DE CONTROL
196° Y 145°
Maracay 30 de Enero del 2006
DECISIÓN: DESESTIMACION DENUNCIA
CAUSA N° 8C- 7271-05.
La presente causa N° 8C- 7271-05 fue iniciada en virtud de Denuncia presentada por el ciudadano WILMER ANTONIO LEON RUEDA, . quien manifestó que el dia 15 de Junio visitó a su novia que vive en la Barrraca, calle Colon , N ° 7, Cuando llego el señor ELIO HERNÁNDEZ, cuentan su novia y la madre de esta, se ,metieron dos sujetos armados en la casa del señor Elio, despojándolo de sus pertenencias, entre ellas la llave de su camioneta, posteriormente, el señor Elio al montarse en la patrulla policial gritaba “ Que la camioneta se la habían robada porque estaba dateada, yo se que fue ese maldito “, ese fue Wilmer y lo voy a reventar, me las va a pagar, Considerando que el señor Elio hizo difamación en contra de su persona, habiendo solicitado la Fiscal Quinto del Ministerio Público, la DESESTIMACION DE LA DENUNCIA por considerar que existe un obstáculo para el desarrollo del proceso, puesto que el escrito de denuncia interpuesto se refiere a la comisión del delito de Difamación, previsto y sancionado en el articulo 444 y siguientes del Código Penal, considerando quien aquí decide que según lo establecido en el articulo 451 del mismo código, la persecución de tal hecho solo podrá hacerse a instancia de parte agraviada, es decir a través de Acusación privada que deberá hacer el denunciante de conformidad con lo establecido en el articulo 25 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que considera que es inexistente de un tipo penal, conforme a lo dispuesto por el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, constituyendo así causal de Desestimación de la denuncia, siendo lo procedente desestimar tal denuncia y devolver las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público a los fines de su archivo , todo conforme a lo dispuesto en el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal
.