REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CUARTO DE JUICIO
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA.

195° Y 146°


Maracay, 20 de Enero del 2006.-


Revisada como ha sido la presente causa signada bajo la nomenclatura n° 4U-375-04, donde aparece el acusado Ciudadano CRISTOBAL EDILIO SANCHEZ ARELLANO, titular de la cedula de identidad n° 16.130.250, este Tribunal Observa que el Abg. JORGE BUJANDA en su carácter de defensor publico consignó copia fotostática de constancia emanada del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Dirección de Evaluación y Diagnostico Mental Forense, donde se especifica la fecha de la consulta en la cual va a ser evaluado el referido ciudadano, ello a objeto de que sea tomada en consideración a la fecha en que va a ser fijado el juicio. Este Tribunal considera oficiar a la Dirección de la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas. De Bello Monte. Caracas., a fin de que si en efecto el acusado CRISTOBAL EDILIO SANCHEZ ARELLANO, fue evaluado Psiquiátricamente por esa Dirección, y de ser así enviar en el término de la distancia las resultas del mencionado examen médico psiquiátrico a este Tribunal. Y ASI SE DECIDE. Ofíciese lo conducente.- Diaricese. Cúmplase.-

LA JUEZ



Abg. BETTY AMARO



LA SECRETARIA


Abg. AIDA PARRAGA.-