En fecha “31 de agosto de 2004” la Abogada PATRICIA FIOCCO MAURIELLO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.876, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil “PROMOCIONES LAS AMERICAS”, inscrita en el Registro mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 03 de enero de 1991, bajo el Nº 25, Tomo 462-A, interpuso demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO contra la Sociedad de Comercio INVERSORA AINALEM C.A., de este domicilio, e inscrita por ante el registro Mercantil primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 08 de octubre de 2002, bajo el Nº 42, Tomo A-17, representada por su Presidente y Vicepresidente ciudadanos MELANIA JOSEFINA UZCATEGUI y RAUL JIMENEZ ZARZALEJO, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. 9.153.055 y 2.984.671, respectivamente. En fecha “13 de septiembre de 2004” se admitió la demanda y se ordenó el emplazamiento de la parte demandada. En diligencia de fecha 22 de septiembre de 2004, suscrita por la apoderada judicial de la parte actora solicitó la devolución de la copia certificada del Instrumento poder que acredita su representación. En fecha 13 de octubre de 2004, la abogada PATRICIA FIOCCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.876, consignó escrito contentivo de la Reforma de la demanda. Por auto de fecha 19 de octubre de 2004, el Tribunal admitió la reforma de la demanda y ordenó el emplazamiento de la parte demandada. En fecha “24 de noviembre de 2004”, la Apoderada de la parte actora Abogada PATRICIA FIOCCO M., antes identificada, consignó diligencia en la cual DESISTE de procedimiento y pide que le sean devueltos los recaudos originales que se encuentran insertos a los folios 5 al 9 y del folio 10 al 17.