REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 05-12.934
PARTES: FREDDY JOSÉ JARAMILLO PÉREZ y ELENA CARMONA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.403.666 y V-7.288.236 respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: JOSÉ DE JESÚS PLAZOLA GUERRA, Abogado en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.643.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
-I-
En fecha 16 de Noviembre de 2.005, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos FREDDY JOSÉ JARAMILLO PÉREZ y ELENA CARMONA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.403.666 y V-7.288.236 respectivamente, y solicitaron el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando que desde hace más de Cinco (05) años se encuentran separados y no han hecho vida en común desde entonces, cesando toda vinculación personal entre ellos. Que de dicha unión no hijo, ni existen bienes que liquidar
.
Admitida la solicitud en fecha 30 de Noviembre de 2.005 y debidamente Notificado el Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien no hizo objeción alguna al Divorcio solicitado y siendo la oportunidad Legal para decidir, el Tribunal observa:
De la revisión de las Actas que conforman el presente expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sin que hubiera existido entre los ciudadanos FREDDY JOSÉ JARAMILLO PÉREZ y ELENA CARMONA, reconciliación alguna resultando procedente el Divorcio por ellos solicitado y Así se decide.
- I I -
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos FREDDY JOSÉ JARAMILLO PÉREZ y ELENA CARMONA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.403.666 y V-7.288.236 respectivamente. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, en fecha 25 de junio de 1.975, según consta en Acta N° 135.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, a los diez y siete (17) días del mes de Enero de 2.006. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg. CAMILO CHACÓN HERRERA
En esta misma fecha, siendo las 02:30 a.m., se publicó y registró la anterior Sentencia.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
EXP. N° 05-12.934
EPT/cchh/jbgm.-
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