REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y ESTABILIDAD LABORAL, CON SEDE EN LA VÍCTORIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL DEL TRANSITO, BANCARIO Y MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 25 de enero del 2006
195º y 146º
Vista la anterior demanda presentada personalmente por la ciudadana: MARIA DEL ROSARIO GUTIÉRREZ AQUINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.822.978, asistida en este acto por la abogada en ejercicio YENNIS REYES CEDEÑO, inscrita en Inpreabogado bajo el Nº 107.791, basado en las pruebas que acompaña pide sea rectificada sumariamente su partida de nacimiento, la cual se encuentra debidamente inscrita por ante La Prefectura Municipal del Municipio Zamora, Villa de Cura, Estado Aragua, bajo el Nº 956, de fecha18 de octubre de 1963.-Por cuanto están llenos los extremos del articulo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal acuerda sumariamente lo solicitado en consecuencia la referida partida de nacimiento queda rectificada así: Donde dice:” JESÚS GUTIÉRREZ,......cedulado bajo el Nº: 832.210....................“.debe decir”. JESÚS GUTIÉRREZ,......cedulado bajo el Nº: 842.210.........”.-
Ofíciese lo conducente a los Funcionarios que señala el Articulo 502 del Código Civil.-Expídanse copias.-
La Juez Temporal,
Dra. Licet López
La Secretaria,
Dra. Nancy Molina
LL/NM/YMH
EXP Nº 20.507-05