REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
1ERO. EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY.
En el día de hoy 18 de Enero del año 2006, siendo las 10:30 am, se trasladó y constituyó El Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mariño Briceño Iragorry del Estado Aragua, , a fin practicar la medida : Entrega Material y Embargo Ejecutivo decretada por Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mariño Briceño Iragorry del Estado Aragua con motivo del juicio por Resolución de Contrato de Arrendamiento incoado por los ciudadanos Blanca de la Nieves Toro de Contreras, Yadira Hortensia Toro Magdalena, Kenia Emilia Toro Magdalena, Cesar Armando Toro Vegas y Alejandro Augusto Toro Vargas Contra Luis Aguilera Montiel; en compañía de la ciudadana Blanca de la Nieves Toro de Contreras asistida por el abogado Delvic Romero Ipsa N° 99.771, en el callejón las palmitas N° 31, del barrio San Agustín, de esta ciudad de Maracay estado Aragua alinderado asi: Norte: En 24,50 m con inmueble que es o fue de carlos basalo; Sur: en 20 m con terreno que es o fue de paula cardozo de garcía callejón las palmitas que es su frente ; naciente en 35 m, con terreno que es ofue de paula cardozo de garcía y poniente en 35 m, con inmueble que es o fue de marco hurtado; El Tribunal concedió un lapso de (30) minutos a fin de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso articulo 49 numeral 1° constitucional. La ciudadana Nereida Violeta Martinez Mogollón, titular de la cedula de identidad N° V-6.076.665, manifiesta que retira sus bienes a la barraca calle guicaypuro N° 69 Maracay. La parte actora espone: “ En este estado solicitamos se practique la medida de Embargo ejecutivo que recae sobre bienes muebles e inmueble propiedad del demandado hasta alcanzar la suma de Bs. 30.000,00 por concepto de costa y costas procesales calculados prudencialmente por el tribunal de la causa de conformidad con el articulo d 274 de CPC; En este estado la ciudadana Nereida Martinez expone: “ como parte interesada asumo la deudo y ofrezco cancelar en dinero en efectivo la suma antes señaladas por los conceptos antes escritos, es todo”. En este estado la parte actora expone: “acepto el pago realizado por la parte interesada a la fines de dar cumplimiento a la medida de Embargo Ejecutivo señalada, es todo”. En este estado siendo las 12:00 m se hizo presente el ciudadano Luis Aguilera Montiel titular de la cedula de identidad N° V- 329.070, a quien se notificó de la misión del tribunal. En este acto el tribunal hace entrega material del inmueble a la parte actora asistida de abogado quien expone: “aceptamos el inmueble libre de personas y cosas dando por satisfecho la entrega material del inmueble y en este mismo acto recibimos las llaves del bien inmueble, es todo”. Cumplida la misión se ordena el regreso a su sede natural siendo las 1:05 p.m Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. YENNY MORALES VERENZUELA (FDO)
LA PARTE ACTORA
BLANCA TORO (FDO)
ABOG DELVIC ROMERO(FDO)
LA OCUPANTE
NEREIDA MARTINEZ(FDO)
EL DEMANDADO
LUIS AGUILERA (FDO)
EL FUNCIONARIO POLICIAL
JUAN PAREDES (FDO)
LA SECRETARIA
ABOG. ROSSANI MANAMA, (FDO)