REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE CONTROL, LOPNA

Visto el contenido del escrito suscrito por la Abog. OLGA REGINA AZUZ, recibido en este Tribunal en fecha 12-01-06, en su carácter de defensor público de el ciudadano XXXXXXXXXXXXXXX, imputado en la causa N° 1CA/1086-05, referida a la PROLONGACIÓN DE LAS PRESENTACIONES del adolescente CADA TREINTA (30) DÍAS, este Tribunal Primero de Control, OBSERVA: PRIMERO: En fecha 22 de Junio de 2005, fue presentado XXXXXXXXXX, por ante este Tribunal el adolescente:, a quien se le acordó medidas cautelares sustitutivas de la privativa de libertad, entre las cuales, la señalada en el literal “c” del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, referida a la presentación del adolescente por ante este Tribunal cada QUINCE (15) días. SEGUNDO: Consta en los libros de registro de presentaciones llevados por este tribunal, Libro V página 06, que el adolescente antes mencionada, ha cumplido con sus presentaciones regulares cada QUINCE (15) días, desde la fecha de su presentación. Por todas estas razones, TERCERO: La defensa solicita la prolongación de sus presentaciones, en virtud de que el adolescente estudia, según se evidencia en constancia expedida por el director de la U:E:N “DANIEL MENDOZA”, lo que le dificulta la asistencia regular a sus actividades educativas, por lo que este Tribunal, ACUERDA: Modificar el lapso de presentaciones de el ciudadano: XXXXXXXXXXX, UNA VEZ CADA TREINTA (30) DÍAS. Notifíquese a las partes Cúmplase.-
LA JUEZ ,

DRA. JUDITH SAN MARTIN
LA SECRETARIA,

ABOG. CARMEN ELENA RAMIREZ

Seguidamente se le dio fiel cumplimiento al auto que antecede.

LA SECRETARIA,.

CAUSA N° 1C.A/1086-05