Hoy, 17 de Febrero de 2006, siendo las dos de la tarde (2:10 pm) día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, compareciendo a la misma por la parte actora, la trabajadora MARITZA JOSEFINA GARCIA PEREZ, VENEZOLANO, C.I. 12.169.073 y su apoderada judicial ABOG. NATALYS MARQUEZ, INPREABOGADO Nº 39.260, y por la parte demandada compareció el apoderado judicial ABOG. YELAIDA GONZALEZ, INPREABOGADO Nº 99.658. Las partes acordaron a los fines de dar por terminado el presente proceso y en razón de la mediación del tribunal, celebrar la siguiente transacción: PRIMERA: El patrono ofrece pagar la cantidad de tres millones de Bolívares (Bs. 3.000.000, oo), en cheque Nro. 00009041, girado contra el Banco Provincial, de fecha 17 de Febrero de 2.006, CUENTA NRO. 0108-0941-07-0100002503, a nombre de la trabajadora ciudadana MARITZA JOSEFINA GARCIA PEREZ, NO ENDOSABLE, como pago único a razón del cumplimiento de todas las pretensiones exigidas por el trabajador, por concepto de pago de prestaciones sociales. SEGUNDO: En este estado la trabajadora MARITZA JOSEFINA GARCIA PEREZ, VENEZOLANA, C.I.12.169.073, debidamente asistida por su apoderada judicial ABOG. NATALYS MARQUEZ, INPREABOGADO Nº 39.260, manifiesta estar de acuerdo y recibe el cheque antes mencionado. TERCERO: Las partes le solicitan a este tribunal dar por terminado el presente proceso y se imparta la respectiva homologación.