REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CURATO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
EN FUNCIONES DE CUARTO DE CONTROL
Maracay , 16 de FEBRERO de 2006
195° y 146°

CAUSA N° 4C-SOL. 261-05
SOLICITANTE : ELNIS PIÑERO ACOSTA
DECISION : ACUERDA SOLICITAR A FISCALIA NOVENA EXPERTICIA SOBRE EL DOCUMENTO SEÑALADO COMO CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHÍCULO y LA VERIFICACIÓN DE FIRMA TANTO EN EL PODER COMO EN EL CERTIFICADO DE VEHÍCULO

Siendo la oportunidad para decidir sobre la entrega o no del vehículo requerido , vencido como se encuentra el lapso probatorio que prevé el articulo 607 del Código de Procedimiento civil, este Tribunal previamente hace la siguiente consideración:

UNICO: Consta de escrito de solicitud que el Ciudadano ELNIS PIÑERO ACOSTA requiere la entrega del vehículo Clase Automóvil , Marca DAEWOO, modelo CIELO, Color BLANCO, Tipo SEDAN , Serial Carrocería KLATF19Y11B277533 , Placas: CL225T, Uso : PARTICULAR Año 2001 Serial Motor : G15MF001675B , es el caso que dentro del lapso probatoria que se aperturara en razón del articulo 607 del Código de Procedimiento Civil , se observa que fue presentado por parte del solicitante documentos presuntamente originales del vehículo, no verificándose en el contenido de la causa que se le realizara experticia alguna y siendo necesario determinar si efectivamente son auténticos o no a fin de emitir el pronunciamiento respectivo , y observando que el Poder presuntamente otorgado por el ciudadano CLAUDIO JOSE VIVAS SORDI difiere en la firma de la que consta en los documentos que acredita el solicitante como originales , es que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del estado Aragua , acuerda exhortar a la Fiscalía Novena del Ministerio Público del Estado Aragua a fin de realizar la experticia a los documentos consignados como originales y la verificación de la firma contenida en el Poder otorgado ante notaria y la contenida en el certificado de registro de vehículo identificado bajo el N° AH-12705. Una vez realizada tal diligencia se sirva remitir la causa que hoy se le envía , con sus resultas para poder emitir el pronunciamiento correspondiente , y asi se decide. Diarícese, Regístrese el Presente auto , y líbrese oficio de remisión de causa a la Fiscalía Novena del Ministerio Público. Cúmplase.
LA JUEZ


ABG. CARMEN CECILIA CORTEZ

LA SECRETARIA


Abg. YELINE DIAZ HERRERA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado , se libró oficio N° ___________


Causa 4C-SOL-261-05