REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
EN FUNCIONES DE CUARTO DE CONTROL
Maracay , 22 de Febrero de 2006
195° y 146°
CAUSA N° 4C-3.019-04
IMPUTADOS.: GONCALVES ENRIQUE AGOSTINO AURELIO
DECISIÓN: SE DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES Y EL CESE INMEDIATO DE LA MEDICA DE COERCION IMPUESTA POR ESTE CASO , SE ORDENA REMITIR LA CAUSA A LA FISCALÍA OCTAVA DEL MISNTIERIO PUBLICO DEL ESTADO ARAGUA
Visto el escrito presentado por el Defensor Privado del Imputado GONCALVES ENRIQUE AGOSTINO AURELIO , la remisión de las actuaciones que en copia certificada acredita la fiscalía , este Tribunal a los fines de emitir su pronunciamiento lo hace en los siguientes Términos:
PRIMERO : De la revisión de la causa se observa que en fecha 16-02-2206 se recibe actuaciones certificadas de la causa que guarda relación con el N° 4C-3.019-04 , remitidas por a Fiscalía Octavo por Oficio n° 05-F8-0467-06 , en virtud de solicitud hecha por este despacho Judicial 19-05-2005 por Oficio 0597-05 , es el caso que recibidas las presentes actuaciones las mismas corresponden a las actuaciones llevadas por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Averiguación G-538.404 ello se deviene de los contenido en el oficio 9700-240-1102 de fecha 06-02-2006 emanada de la Delegación La Victoria ; aun cuando el Tribunal solicito la Causa Principal, y las actuaciones complementarias que reflejan la audiencia realizada referente al plazo prudencial , lo cual tampoco fue remitido por la Fiscalía ; sin embargo observando que este hecho no le es imputable a las partes y mucho menos al Imputado visto el Tiempo transcurrido y verificando por los registros llevados por este Tribunal que en fecha 22-02-2005 se realizó la audiencia para fijar plazo prudencial , fijándose un plazo de Treinta (30) días para la conclusión de la investigación de conformidad con el articulo 313 del CÓDIGO ORGANICO PROCESAL PENAL , no hubo solicitud de prórroga por parte de la fiscalía . EN FECHA 08-04-2005 , SE CONSTITUYE EL Tribunal en el alguacilazgo a fin de verificar la consignación de acto conclusivo fiscal entorno a la presente causa , levantándose el acta al efecto y verificándose en presencia del alguacil Sofía Zambrano que no se ha presentado escrito de acto conclusivo en contra del imputado GONCALVES AGOSTINO .
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