REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
EN FUNCIONES DE CUARTO DE CONTROL
Maracay, 25 de FEBRERO de 2.006
195º y 146º

causa N° 4C-8.439-06
juez: Abg. CARMEN CECILIA CORTEZ
IMPUTADO: SORIANO CASTILLO ARMANDO
DECISION : MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA Art. 256 Ordinales 9° DEL Código Orgánico Procesal Penal .
DELITO : NO ESPECIFICA
FISCALIA TRANSICION : Abg. REINALDO PARASILITTI


Celebrada como ha sido la Audiencia Especial de presentación del imputado , vista la puesta en disposición por el Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio del Estado Aragua, este Tribunal a los efectos de Fundar el presente Auto lo hace en los siguientes términos:

PRIMERO: Vista la exposición del Ministerio Público donde el imputado fue detenido por cuanto presenta solicitud por ante el Tribunal Segundo de Control de este Circuito bajo no.039 de fecha 08-07-05 en la cual no se indica ni cusa ni delito , siendo el mismo presentado por el mismo motivo ante el Tribunal Sexto de Control de este mismo circuito acordándole dicho Tribunal la libertad Plena, en esta oportunidad solicita una Medida Cautelar de presentación . Procedimiento Ordinario

SEGUNDO: De lo anterior y habiendo oído la intervención de la Fiscalia y habiendo advertido al Imputado de los derechos que le asisten y la no obligación de declarara ni de reconocer responsabilidad alguna en los hechos que le imputa , en presencia de su defensor manifestó: “ me detuvieron cuando iba al Tribunal 2º. De control a presentarme y a buscar el oficio”. Seguidamente interviene el defensor pide medida cautelar. Visto los planteamientos anteriores y observando la necesidad de aclarar sobre la emisión o no de la orden de aprehensión la cual no se anexa a las actas sino solo la referencia no se indica delito ni motivo de la Orden , quien decide considera ajustado a derecho acordarle una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad menos gravosa y de inmediato cumplimiento, acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del encausado SORIAN ARMANDO quien es venezolano, de 50 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° .V- 5.514.415 , consistente en la presentación ESPECIAL ante el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial a fin de solventar la situación de la orden emitida en su contra, y así se decide., se ordena seguir el Procedimiento Ordinario visto el caso tratado y tratarse de una orden , .Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 256 ordinal 9° del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL , y así se decide .

TERCERO: Por todos los razonamientos antes expuesto , este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en funciones de Cuarto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA: I .MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano SORIANA CASTILLO ARMANDO , antes identificado, de conformidad con los artículos 256 ordinal 9° , todos del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL , Se acuerda seguir el Procedimiento ordinario Se acuerda remitir la causa al Fiscal de transición a cargo de Maryory Cortez ,en su oportunidad . Líbrense las correspondiente Boletas de libertad. Regístrese . Cúmplase.
LA JUEZ


ABG. CARMEN CECILIA CORTEZ

LA SECRETARIA

ABG. MARINEL MENESES



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo Ordenado, se libró Boleta de Libertad N° 036-06 Y oficio No. ___________

La secretaria.


Causa 4C-8.439-06