REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CURATO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO
JUDUCIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL
Maracay, 06 de FEBRERO de 2006
195° y 146°

Vista la querella interpuesta por la Ciudadana MARTINEZ MUJICA NEREIDA ALEJANDRA, asistida en este acto por el Abog. CARLOS LUIS GALLARDO en contra del ciudadano FAJARDO ESPINOSA SHNAEIDER, por la presunta comisión de los delitos de APROPIACIÓN INDEBIDA, este Tribunal viendo el contenido del escrito de Querella observa que el mismo no llena los requisitos exigidos por el 294 DEL Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en referencia al Ordinal 1° no se indica los datos de identificación que señala la norma sobre el querellado , las relaciones de parentesco entre los accionantes y los querellados y Ordinal 3° el delito que se le imputa, día lugar y hora aproximada de su perpetración y Ordinal 4° una relación especificada de todas las circunstancias esenciales del hechO.