REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO OCTAVO DE CONTROL
196° Y 145°
MARACAY 21 DE FEBRERO DEL 2006

DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO (SOLICITUD FISCAL)
CAUSA N° 8C- 7581-06

La presente causa fue iniciada ,en virtud de Denuncia interpuesta por el ciudadano: VELIZ GONZALEZ YUBER MARLOE , CEDULA DE IDENTIDAD Nro V-12.139.473, quien en fecha 26-09-02 ante la Comisaría de Caña de Azúcar C.I.C.P.Y C señaló que un sujeto desconocido portando arma de fuego bajo amenaza de muerte lo despojó de la cantidad de CIENTO VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS DIEZ BOLIVARES, producto del cobro de las ventas hechas para la empresa PEPSI-COLA , HECHO OCURRIDO EN EL SECTOR 2 DE CAÑA DE AZUCAR AL LADO DEL CAMPO DE BEISBOL, habiendo solicitado la Fiscal séptimo del Ministerio Público, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA por la imposibilidad de i atribuirle la comisión de delito alguno ya que de la investigación realizada fue imposible individualizar a los autores del tal hecho, fundamentando jurídicamente la solicitud en lo dispuesto por el Artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.


EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA: Revisadas las actuaciones, de las mismas emerge que a pesar de que se cometió unos de los delitos contra la propiedad como fue el delito de Hurto, de las investigaciones realizadas se desprende que no se pudo identificar al autor del hecho aunado al hecho de que , el denunciante no señala la persona que cometió tal hecho, por lo que imposibilita agregar nuevos elementos a la investigación , lo cual constituye una causa de Sobreseimiento, conforme a lo dispuesto en el Artículo 318 Numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal,.