REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 09 de febrero de 2006
195° y 146º
PARTE ACTORA: PEDRO ROMERO, RAMON PERDOMO, DORYS TRUJILLO, YOLEIDA MONCADA, JULIO LEON, HERMINIA CARRIZALES, MARIA LEAL, LUZ ANTONIAZZI, ELADIO VELASQUEZ, NUBIA THERAN, LUIS MARIN, TEREZA LOPEZ, PABLO DAZA, RAQUEL CARPIO, MIGUEL ALGARIN, ANA CRESPO, RAQUEL FLORES, HENRY QUINTANA, MICAELA PEREIRA, FRENIO CHANTAL BLANCO, FRANCISCO ESCALONA, JOSE GUERRA y NANCY DURAN.
APODERADOS O ABOGADOS ASISTENTES: EINER BIEL, LISBETH BLANCO, AISKHEL BIEL, MEIJALIN BERNAL, CARLOS VEROES, EGDDY RAMOS y FAMMY ROJAS, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 13.395, N° 74.014, N° 85.655, N° 85.689, N° 67.785, N° 70.525 y N° 79.928, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: CARLOS ORTEGA, CARLOS FERNANDEZ, JUAN FERNANDEZ, MANUEL COVA, ANDRES VELASQUEZ, ANTONIO LEDEZMA, ENRIQUE MENDOZA, ENRIQUE SALAS FEO, EDUARDO LAPI, ENRIQUE CAPRILES RADONSKI, LEOPOLDO LOPEZ, TIMOTEO ZAMBRANO, ORLANDO URDANETA, LILIANA HERNANDEZ, WILLIAN DAVILA BARRIOS, RAFAEL MARIN, MARCOS ACOSTA y ROSA ELENA GELVEZ, en sus carácter de Presidente de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, (CTV), Presidente de Fedecamaras, Miembro o Representante de la Asociación Civil Gente del Petróleo, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, (CTV), miembro del partido Causa R. miembro del partido Alianza Bravo Pueblo, Gobernador del Estado Miranda, Gobernador del Estado Carabobo, Gobernador del Estado Yaracuy, Alcalde del Municipio Baruta del Distrito Capital, Alcalde del Municipio Chacao del Distrito Capital, miembro del partido Acción Democrática, actor cómico de Televisión, Diputada a la Asamblea Nacional, ex Gobernador del Estado Mérida, miembro del partido Acción Democrática, Presidente de la Cámara de Comercio e Industria del Estado Aragua (Fedecamaras Aragua) y Presidenta de la Seccional Aragua de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (Fetraragua), respectivamente.
APODERADOS O ABOGADOS ASISTENTES: No Constituido.
MOTIVO: Indemnización de Daños Morales.
TIPO DE DECISIÓN: Interlocutoria (Perención).
EXPEDIENTE N°: 35893
Se inician las presentes actuaciones por demanda presentada en fecha 13 de febrero de 2003 por por los abogados EINER BIEL, LISBETH BLANCO, AISKHEL BIEL, MEIJALIN BERNAL, CARLOS VEROES, EGDDY RAMOS y FAMMY ROJAS, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 13.395, N° 74.014, N° 85.655, N° 85.689, N° 67.785, N° 70.525 y N° 79.928, respectivamente, actuando en sus caracteres de apoderados judiciales de los ciudadanos: PEDRO ROMERO, RAMON PERDOMO, DORYS TRUJILLO, YOLEIDA MONCADA, JULIO LEON, HERMINIA CARRIZALES, MARIA LEAL, LUZ ANTONIAZZI, ELADIO VELASQUEZ, NUBIA THERAN, LUIS MARIN, TEREZA LOPEZ, PABLO DAZA, RAQUEL CARPIO, MIGUEL ALGARIN, ANA CRESPO, RAQUEL FLORES, HENRY QUINTANA, MICAELA PEREIRA, FRENIO CHANTAL BLANCO, FRANCISCO ESCALONA, JOSE GUERRA y NANCY DURAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad N° V-8.686.058, V-9.690.786, V-2.516.814, V-7.247.404, V-7.271.919, V-1.970.623, V-7.256.838, V-5.412.317, V-1.141.115, V-6.228.120, V-4.224.320, V-1.972.236, V-1.554.822, V-4.568.220, V-2.978.025, V-3.723.499, V-5.196.599, V-8.167.759, V-9.686.641, V-4.719.567, V-7.238.144, V- 3.549.658, y V-4.755.634, respectivamente, en contra de los Ciudadanos: CARLOS ORTEGA, CARLOS FERNANDEZ, JUAN FERNANDEZ, MANUEL COVA, ANDRES VELASQUEZ, ANTONIO LEDEZMA, ENRIQUE MENDOZA, ENRIQUE SALAS FEO, EDUARDO LAPI, ENRIQUE CAPRILES RADONSKI, LEOPOLDO LOPEZ, TIMOTEO ZAMBRANO, ORLANDO URDANETA, LILIANA HERNANDEZ, WILLIAN DAVILA BARRIOS, RAFAEL MARIN, MARCOS ACOSTA y ROSA ELENA GELVEZ, en sus carácter de Presidente de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, (CTV), Presidente de Fedecamaras, Miembro o Representante de la Asociación Civil Gente del Petróleo, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, (CTV), miembro del partido Causa R. miembro del partido Alianza Bravo Pueblo, Gobernador del Estado Miranda, Gobernador del Estado Carabobo, Gobernador del Estado Yaracuy, Alcalde del Municipio Baruta del Distrito Capital, Alcalde del Municipio Chacao del Distrito Capital, miembro del partido Acción Democrática, actor cómico de Televisión, Diputada a la Asamblea Nacional, ex Gobernador del Estado Mérida, miembro del partido Acción Democrática, Presidente de la Cámara de Comercio e Industria del Estado Aragua (Fedecamaras Aragua) y Presidenta de la Seccional Aragua de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (Fetraragua), respectivamente, venezolanos y mayores de edad, por Indemnización de Daño Moral. (Folios 01 al 19)
En fecha 27 de febrero de 2003, se admitió la demanda y se ordenó el emplazamiento de la parte demandada. (Folios 23 y 24)
En fecha 03 de Julio de 2003, se acordó librar las compulsas de conformidad con lo establecido en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 345 eiusdem; siendo recibidas las compulsas por la apoderada judicial de la parte actora en fecha 21 de Julio de 2003. (Folios 27 al 46)
Ahora bien, observa éste Tribunal que el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del juez después de vista la causa, no producirá la perención.”
Por su parte el Artículo 269 eiusdem, establece:
“La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal y la sentencia que la declare, en cualquiera de los casos del artículo 267, es apelable libremente.”
Con base a lo anterior, encuentra este Tribunal que la parte actora no efectúo ningún acto de procedimiento, capaz de impulsarlo, dentro de un lapso de tiempo de Un (1) año, término fijado por el legislador como suficiente, específicamente desde el día 03 de Julio de 2003, fecha en la cual recibió las compulsas para gestionar la citación a través de otro alguacil, hasta el día de hoy, inclusive, lapso durante el cual no ha realizado ningún acto de impulso procesal y por ende se debe dar por entendido que se ha perdido interés en la continuación de la causa y en consecuencia, el legislador sanciona a ambas partes por su inactividad declarando consumada la perención de la Instancia, con todas sus consecuencias legales.-
Por otro lado, el presente proceso se encuentra en etapa o fase procesal de Cognición, pero no en estado de sentencia o para decidir, como antes se dijo, con lo cual no opera la excepción prevista por el legislador para el caso hipotético, de encontrarse la causa en estado de decisión. Y así se declara y decide.
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal a los Nueve (09) días del mes de febrero del año Dos Mil Seis (09-02-2006).-
EL JUEZ,
Dr. PEDRO III Y. PEREZ C.
EL SECRETARIO,
Abg. LEONCIO VALERA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le publicó y registró la anterior decisión siendo las 10:40 a.m.
EL SECRETARIO,
Abg. LEONCIO VALERA
Exp. No. 35893
PIIIP/lv/hb
Estación 06
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