REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FELIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 06 de febrero de 2006
195° Y 146°

Por cuanto el Tribunal observa que en la presente causa, comparece un tercero, ciudadana MATILDE MODESTA RIVERO, identificada en autos, quien manifiesta ser el verdadero ocupante del inmueble objeto de la demanda y quien verdaderamente celebró el contrato de arrendamiento sobre el citado inmueble cuyo desalojo se demanda y, por cuanto no consta que se haya cumplido con la notificación, aceptación y juramento del defensor de oficio para el demandado, TORIBIO HUERTA, también identificado en autos, ha de reponerse la causa al estado de que se verifique la notificación, aceptación y juramento omitidos. Así se declara y decide-