REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MUNICIPIOS JOSE FELIZ RIVAS Y JOSE RAFAEL REVENGA

REPUBLICA BOLIVARIAN DE VENZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FELIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE L CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA, 07 de Febrero de 2006.
AÑOS: 195° Y 146°

Se inicia la presente solicitud efectuada por la ciudadana SILVIA RAMONA SILVA de DOS SANTOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 7.276.880, asistida en este acto por el abogado ROMAN ALFREDO LOAIZA PERAZA inpreabogado N° 42.006, solicitando la citación de la ciudadana: JUANA FRANCISCA SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.049.348, de este domicilio, a los fines de que reconociera en su contenido y firma un instrumento privado, que acompañó a dicho escrito, cursante al folio 02 de la presente solicitud.-
Al folio 03, consta que este Tribunal por auto expreso de fecha 13 de Diciembre de 2005, admitió la referida solicitud, ordenando la citación de la ciudadana JUANA FRANCISCA SILVA, para el Segundo (2do) día de Despacho siguiente que conste en autos su citación, a los fines indicados.-
Al folio 04, consta la citación de la ciudadana: JUANA FRANCISCA SILVA
Al folio 05 y 06 consta diligencia del Alguacil de este Juzgado, donde consigna el recibo de citación debidamente firmada por la demandada.
Consta al folio 07 que siendo el día y la hora fijada por este Tribunal, para la comparecencia de la ciudadana: JUANA FRANCISCA SILVA, la misma expuso:
“…Reconozco tanto en su contenido como en la firma el citado documento y declaro expresamente que es cierto su contenido y que pertenece a mi la firma que aparece estampada al pie del mismo…” Omisis. Y así se declara y decide.