REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


En la incidencia de inhibición interpuesta por la Juez a cargo del extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, abogado Nidia Hernández, a los fines de decidir, este Tribunal observa:
Que, vista la entrada en vigencia de la nueva Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la reestructuración de los Tribunales con competencia en materia laboral, la presente incidencia no tiene razón de ser; ya que la presente causa esta siendo conocida por un Juzgado de Transición, a cargo de otro Juez distinto a la persona que se inhibe, en tal sentido quien Juzga declara: QUE NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR; en la presente causa.


Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase el expediente a los Juzgados de Primera Instancia del Régimen Procesal de Transición del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, a los fines legales consiguientes.


Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de Tribunal Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los 01 días del mes de febrero de 2006. Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.

El Juez Superior,
__________________
JOHN HAMZE SOSA



La Secretaria,

__________________________
LISENKA TERESA CASTILLO




En esta misma fecha, siendo 2:55 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia.


La Secretaria,

__________________________
LISENKA TERESA CASTILLO


Exp. Nº 435.
JHS/ltc.