REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 24 de Febrero de 2006 196° y 147°
ASUNTO: DP11-L-2006-000081

ACTA
PARTE ACTORA: ENGELBERTH RINCON, titular de la Cédula de Identidad No. 13.628.814

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ISABEL RIVERA, ANGEL LUIS GONZALEZ inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 101.027. 101.004.-

PARTE DEMANDADA: CONSERVAS ALIMENTICIAS MENCEY C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JAIRO CONTRERAS GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 116.732.

Se homologa el acuerdo efectuado en fecha , 24 de Febrero de 2006, entre los Apoderados Judiciales de la parte actora y demandada supra identificadas, En este estado, el Tribunal acuerda lo solicitado por las partes, declarando abierto el acto y explicando a las parte involucradas en el presente asunto la importancia de los Medios alternativos de resolución de conflictos a los fines de alcanzar resultados satisfactorios y evitar un proceso prolongado. En este estado, ambas partes deciden poner fin al presente juicio celebrando transacción como medio de auto composición procesal en los términos del documento que se acompaña a la presente acta y que forma parte integrante de la misma, cuyo contenido se da por reproducido en su totalidad, alcanzando dicho acuerdo la suma de BOLIVARES UM MILLON DOSCIENTOS SEIS MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (BS. 1.206.150,00).-