REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 06 de febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO: DP11-L-2005-000569

PARTE ACTORA: DHARMA IVANOVA PARRA KASEN, titular de la cédula de identidad No. 11.989.289

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ARLETTE ESMERALDA FROUFE VISO Y ELIMAR PRADO ROVELLO abogados en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 100.909 y 100.910 respectivamente

PARTE DEMANDADA: EL SIGLO C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: HECTOR RANGEL CAMACHO LINCOLN DAVILA Y ULISES JESUS WATEYMA ROSALES abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 5.723, 26934 Y 101.282 respectivamente

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Con fecha 06 de febrero de 2006, se homologa el acuerdo efectuado entre las partes DHARMA IVANOVA PARRA KASEN parte actora ARLETTE ESMERALDA FROUFE VISO abogados en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 100.909 y por la parte demandada ULISES JESUS WATEYMA ROSALES abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 5.723 todos antes identificados. Se fija como monto total y definitivo por todos los conceptos reclamados en este juicio, la suma total de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.800.000,00) por los conceptos demandados que serán cancelados al actor el día viernes 10 de febrero de 2006 10:00 a.m. por ante este Tribunal; dicha oferta es aceptada por la accionante en juicio a su entera y cabal satisfacción manifestando que del presente acuerdo de pago y una vez materializado en su totalidad el mismo, nada le queda a deber la parte demandada por los conceptos reclamados