PARTE ACTORA: JONATHAN ALFONSO LANDA VASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 15.671.744
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Jose Antonio LedeZma, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 66.376
PARTE DEMANDADA: FUENTE DE DE SODA STAR CENTER, representada por su Administrador Ciudadano JOSE DIAS, titular de la Cedula de Identidad No.5.418.854
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ALEJANDRO RIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 49.414.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, Miércoles, 01 de Febrero de 2006, siendo las 2:00 p.m., comparecen en su condición de parte actora, el apoderado judicial supra identificado y por la parte demandada, el Ciudadano Jose Dias, debidamente asistido de abogado, supra identificiado; quienes solicitan a este Tribunal la celebración de la audiencia preliminar en el presente asunto, para lo cual, ambas partes renuncian al término de la comparecencia en este acto. La ciudadana Juez vista la solicitud de las partes acuerda de conformidad y declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. En este estado la parte demandada a los fines de dar por terminado el presente juicio, ofrece y propone cancelar al actor la suma de Bs.4.500.000,oo, en un solo y único pago en cheque ordinario librado contra del banco Banesco, No. 15860461, a favor de Apoderado Judicial de la parte actora, en razón de las facultades que tiene para ello según instrumento poder que cursa en los autos, cantidad esta que comprende todos y cada uno de los conceptos reclamados en el escrito libelar, con lo cual no se le adeuda suma alguna de dinero al demandante con ocasión a la relación de trabajo que existió entre estas. En este estado, el Apoderado Judicial de la parte actora, anteriormente identificado, manifiesta libre de constreñimiento alguno, que acepta el ofrecimiento formulado en este acto por la parte demandada para su representado en los términos y condiciones anteriormente expuestos, declarando que nada se le adeuda por los conceptos aquí demandados, ni por ningún otro, derivado de la relación de trabajo que existió entre las partes, recibiendo el mencionado cheque en este acto.
|