ARTE ACTORA: WILLIAN RAFAEL BASTIA CELAZ, titular de la Cédula de identidad No.8.737.386
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Ana Yolet Nieves, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.74.027
PARTE DEMANDADA: CORPO SALUD
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NAIROBIS ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 67.764
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, Viernes, 03 de Febrero de 2006, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecen la parte actora y su Apoderada Judicial y la parte demandada debidamente representada por su Apoderada Judicial. La ciudadana Juez declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. En este estado el Tribunal deja constancia de que la demandada consigna el instrumento poder que acredita su representación, el cual fue presentado ad effectum videndi en original y copia simple del mismo el cual fue confrontado por la Ciudadana Juez y ordenó agregar a los autos. En este estado la Apoderada Judicial de la parte demandada a los fines de dar por terminado el presente juicio, ofrece y propone cancelar al actor la suma de Bs.5.127.181,62 en un solo pago para se efectuado el día 13 de febrero a las 2:00 p.m. por ante este Tribunal, suma esta de dinero que comprende todos y cada uno de los conceptos y beneficios laborales reclamados por el actor en su escrito libelar y que le corresponden al actor con ocasión a la relación de trabajo que existió entre las partes, sin que mi representada adeude ningún otro concepto derivado de dicha relación. En este estado, la parte actora debidamente asistido por su Apoderado Judicial, anteriormente identificado, manifiesta libre de constreñimiento alguno, que acepta el ofrecimiento formulado en este acto por la parte demandada en los términos y condiciones anteriormente expuestos, declarando que nada se le adeuda por los conceptos aquí demandados, ni por ningún otro, derivado de la relación de trabajo que existió entre las partes.
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