En el día hábil de hoy Miércoles, 22 Febrero del dos mil seis (2006), siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos supra identificados y los ciudadanos GIOVANNI SIMONE MARINO, titular de la cédula de identidad No.7.187.107, en su carácter de Director, GIUSEPPE SIMONE, titular de la cédula de identidad No.9.661.178 Gerente y PEDRO FONSECA, titular de la cédula de identidad No.3.746.535 Jefe de Relaciones Industriales de la empresa demanda. La ciudadana Juez declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. La parte demandada manifiesta que a los fines de dar por terminado el presente asunto ofrece pagar la cantidad de SETECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.700.000,00) por concepto de prestaciones sociales correspondientes al trabajador DELGADO ISAAC JUAN CARLOS, monto este que se corresponde a la antiguedad que duro la relación de trabajo; suma esta de dinero para ser cancelada el día de hoy a las 3:00 p.m ante este Tribunal y el trabajador acepta el ofrecimiento y con el pago ha consignar, la demandada no queda nada que deberle a este por concepto de Prestaciones Sociales, ni por ningún otro consecuencia del cese de la relación laboral que existió entre las partes.
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