En el día de hoy, siendo las 10:00 a.m., oportunidad para la cual se difirió la celebración de la audiencia Preliminar Inicial en el presente juicio, comparecen en su condición de parte actora y parte demandada todos los Ciudadanos supra identificados. La parte demandada consigna en este acto poder general que acredita su representación el cual es agrado a los autos. La ciudadana Juez declaró abierto el acto dejándose constancia de que la mediación arrojo resultados positivos alcanzándose acuerdo entre las partes, quienes haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos y de la función mediadora desarrollada por este Despacho deciden conciliar el presente asunto, a tales efectos la parte demandada expone: “Con el objeto de dar por terminado el presente asunto, mi representada ofrece pagar la cantidad de SEISCIENTOS TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 630.000,00) los cuales se pagaran de la siguiente manera: La cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs.430.000,00) que se entregan en cheque contra el Banco Mercantil, Nro. 45885547, de la cuenta nro. 0105 0061 37 1061205371, en este mismo acto y la cantidad restante DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) serán entregados por ante este mismo Tribunal en fecha 13 de febrero de 2006”. En este estado, la parte actora, anteriormente identificado, manifiesta libre de constreñimiento alguno, que acepta el ofrecimiento formulado en este acto por la parte demandada en los términos y condiciones anteriormente expuestos, declarando que nada se le adeuda por los conceptos aquí demandados, ni por ningún otro, derivado de la relación de trabajo que existió entre las partes. En tal sentido y visto el acuerdo alcanzado entre las partes, se deja constancia que en este acto le son entregadas a estas, los escritos de promoción de pruebas y sus anexos consignados al inicio de la Audiencia Preliminar y se declara concluida la misma.