En el día de hoy Viernes, 24 de Febrero de 2006, siendo las 09:00 a.m., Oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la Parte Actora y de su Apoderada Judicial, supra identificado; y del representante de la parte demandada, acompañado de los abogados asistentes, plenamente identificados en el encabezamiento de ésta acta. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto en donde la parte demandada declara persistir en el despido por lo que ofrece pagar a la parte actora la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 1.783.265.77), para ser pagado en éste mismo acto, a través de DOS (2) cheques Nros. 41.600734 y 67600666, con fecha 24/02/2006 y 08/02/206 respectivamente, elaborados a nombre del Trabajadora EMMA MARQUEZ, girado contra la cuenta 01910080472180018849 de la Demandada RESTAURANT TURISTICO Y CAMPESTRE LA GANADERA COMPAÑÍA ANÓNIMA, DEL Banco NACIONAL DE CRÉDITO. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, las indemnizaciones que consagra el Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades y Salarios Caídos. En éste estado la Parte Actora, debidamente asesorada por su Apoderada Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con los montos ofrecidos y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio prestado, no teniendo más nada que reclamar ni por éste, ni por ningún otro concepto.