En el día hábil de hoy Viernes tres (3) DE Febrero DE 2006, siendo las 02:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar una Audiencia Conciliatoria en el presente juicio, convocada por la ciudadana juez actuando con las facultades que le confieren los Artículos 5,6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al cual comparece en su condición de Parte Actora el ciudadano JUAN CRESPO LINARES, titular de la cédula de identidad Nro.15.864.196, debidamente asistido por la Abogada LINDA JOHNSON, supra identificado; así mismo comparece en representación de la Demandada la Ciudadana MARIA ELIZABETH INFANTE INCISO, titular de la cédula de identidad Nro. 9.650.602, asistida por la profesional del derecho la Abogada BEATRICE LOMBARDI CASILLI, todas las partes presentes plenamente identificados. En este estado el Tribunal declara abierto el acto, dejando constancia que la parte demandada propone y ofrece cancelar al Trabajador para dar por terminado el presente juicio y cumplir con lo condenado en la sentencia dictada la suma de Bs.2.765.741,35, que comprende todos y cada uno de los conceptos condenados por este Tribunal, así como las costa y costos procesales, para ser cancelados como a continuación se señala: La suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.1.382.870,67), en dos pagos que deberán efectuarse en efectivo en las fechas el 06/02/2006 y el 15/02/2006, a las 02:00 p.m. ambas fecha en la sede del tribunal. La parte actora, debidamente asistida de Abogado en este acto, manifiesta que acepta en este acto la proposición formulada por el representante de la demandada en los términos anteriormente expuestos.
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