Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano OMAR INGNACIO GUERRERO GONZALEZ, portador de la cedula de identidad Nº 7.181.021, en su carácter de parte actora en el presente asunto y debidamente asistido por la profesional del derecho LINSETH PALIMA, inscrita en el Inpreabogado Nº 101.089, donde Desiste del Procedimiento, esta Juzgadora observa que la decisión tomada por el mismo actor de la causa, no es contraria a derecho, ni altera normas de orden publico y versa sobre bienes disponibles;