REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 25 de Julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : NV01-D-2001-000005
ASUNTO : NP01-D-2004-000232
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: ROBO AGRAVADO.
FISCAL: MIRIAM GARELLI
DEFENSOR: MIGUEL BETANCOURT.
RESOLUCIÓN: REVISIÓN DE MEDIDA, CESA SERVICIOS A LA COMUNIDAD y CONTINUA EL CUMPLIMIENTO DE LIBERTAD ASISTIDA.
De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida de Privación de Libertad, que cumple el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien fue condenado a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, por un lapso UN (01) AÑO y SIMULTÁNEAMENTE la medida SERVICIOS A LA COMUNIDAD POR TRES (3) MESES, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 460 del Código Penal Vigente para el momento que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano RICHARD RAFAEL ROSALES RIVERO.
Procediendo este Tribunal a hacerlo en los términos siguientes:
En fecha 20 de Marzo del 2006, se realizó el auto de ejecución y computo de la Sanción que le impusiera el Tribunal Segundo de Control por el Procedimiento de Admisión de Hechos al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA por el lapso de Un Año bajo la Medida Libertad Asistida y SIMULTÁNEAMENTE tres (03) Meses bajo la Medida Servicios a la Comunidad. Fue impuesto en fecha 25 de Abril del Año 2006, donde se determinó que la medida Servicios a la Comunidad la cumpliría en la cancha deportiva del Sector Campo Libertad de Caripito Estado Monagas.
En fecha 17 de Julio del 2006, se recibe Informe Conductual del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por medio de oficio N° S.S.S- 108-06 emanado del Departamento de Servicio Social de este Tribunal del cual se desprende: que el joven inicia el cumplimiento de la medida Libertad Asistida desde el 25 de Abril del 2006, acude a todas sus entrevistas, cuenta con apoyo familiar, ha madurado, ha internalizado valores, principios y normas para una sana convivencia en su medio. Y es evaluado FAVORABLE.
El día de hoy el joven IDENTIDAD OMITIDA, consigna constancia expedida por EL CONSEJO COMUNAL DE CAMPO LIBERTAD donde se asienta que el mismo ha cumplido con la medida Servicios a la Comunidad en el lapso Ordenado es decir; TRES (03) Meses. Pro lo que esta Medida SERVICIOS A LA COMUNIDAD Cesa el Día de Hoy.
En relación a la medida Libertad Asistida el joven IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido con la misma desde el 25 de Abril del 2006, hasta el día de hoy ha cumplido la medida por espacio de TRES (03) MESES EXATOS. Le falta por cumplir con la Medida Libertad Asistida por Nueve (09) Meses.
SANCIONADO:
IDENTIDAD OMITIDA
DELITO:
ROBO AGRAVADO
HA CUMPLIDO DE LAS MEDIDAS EN SU TOTALIDAD SERVICIOS A LA COMUNIDAD.
TRES MESES DE LIBERTAD ASISTIDA.
LE FALTA POR CUMPLIR:
NUEVE MESES LIBERTAD ASISTIDA
CESACION APROXIMADA DE LAS MEDIDAS
25-04-2007
DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y CESA LA MEDIDA SERVICIOS A LA COMUNIDAD POR CUMPLIMIENTO INTEGRO DE LA MISMA Y MANTIENE LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA que viene cumpliendo el joven sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de Nueve (09) Meses debiendo continuar con las condiciones que le fueron impuestas. Estas Medidas son revisables de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente, hasta cumplirlas por completo. Impóngase del presente auto al sancionado. Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público, y al Defensor Público Especializado. Remítase una copia al Departamento de Servicio Social de este Circuito.
LA JUEZA
ABG. DILIA MENDOZA BELLO.
SECRETARIO
ABG. KEDIN CALDERON
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