REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 1
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS.
CORTE DE APELACIONES
SALA 1
Caracas, 18 de Julio de 2.006
196º y 147º
PONENTE: DR. JOSÉ ALONSO DUGARTE
EXPEDIENTE Nº 01793
Corresponde a esta Sala decidir sobre la admisibilidad del Recurso de Apelación intentado por la Abogada: ELIZABETH LICCIONI MARQUEZ, en su carácter de Defensora Pública VIGÉSIMA QUINTA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS del ciudadano: GAMBOA NAVARRO JULIO ENRIQUE contra la decisión emanada del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS en Audiencia para Oír al Imputado de fecha 28 de Junio de 2.006, mediante la cual se acuerda Medida Cautelar Privación Judicial Preventiva de Libertad a favor del ciudadano JULIO ENRIQUE GAMBOA NAVARRO, a quien se le precalifico el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto en el Artículo 260 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Dicha impugnación fue contestada por los Abogados: HARVEY GUTIERREZ y JHOAN A. ELJURYS A, en su carácter de FISCAL SUPLENTE Y AUXILIAR (S) CENTÉSIMO PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
DE LA ADMISIBILIDAD
El recurso referido fue ejercido con fundamento en el numeral 4° del Artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, dentro del término que establece el artículo 448 ejusdem y no incurso en causal de inadmisibilidad alguna de las taxativamente previstas en el artículo 437 ibídem, lo cual permite concluir que ES ADMISIBLE. Y ASÍ SE DECLARA.
Asimismo se observa que los Abogados: HARVEY GUTIERREZ y JHOAN A. ELJURYS A, en su carácter de FISCAL SUPLENTE Y AUXILIAR (S) CENTÉSIMO PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS contestó el recurso de apelación interpuesto dentro del lapso legal establecido en el artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal por lo que se admite para ser considerada en las resultas del recurso. ES ADMISIBLE. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 1 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación intentado por los por la Abogada: ELIZABETH LICCIONI MARQUEZ, en su carácter de Defensora Pública VIGÉSIMA QUINTA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS del ciudadano: GAMBOA NAVARRO JULIO ENRIQUE contra la decisión emanada del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS en Audiencia para Oír al Imputado de fecha 28 de Junio de 2.006, mediante la cual se acuerda Medida Cautelar Privación Judicial Preventiva de Libertad a favor del ciudadano JULIO ENRIQUE GAMBOA NAVARRO, a quien se le precalifico el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto en el Artículo 260 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, en sujeción a lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE el escrito de contestación a la apelación efectuado por los Abogados: HARVEY GUTIERREZ y JHOAN A. ELJURYS A, en su carácter de FISCAL SUPLENTE Y AUXILIAR (S) CENTÉSIMO PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
LA JUEZ TITULAR PRESIDENTE,
DRA. BEATRÍZ MARÍN DE ODREMÁN
EL JUEZ TEMPORAL, LA JUEZ TITULAR,
DR. JOSÉ ALONSO DUGARTE.- DRA. EVELINDA ARRÁIZ HERNÁNDEZ
PONENTE
LA SECRETARIA,
Abg. IRMA C. VECCHIONACCE
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA,
Abg. IRMA C. VECCHIONACCE
Exp. Nº. 1793