REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ARREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
SALA 102

Caracas, 28 de julio de 2006.
196° y 147°

Vista las notas secretariales que corren insertas en la presente causa, mediante la cual se deja constancia que el ciudadano (Identidad Omitida), no ingreso a la Casa de Reeducación, Rehabilitación e Internado Judicial “El Paraíso, como fuera ordenado por este Tribunal en fecha 18-07-2006, por cuanto no hay cupo en dicho recinto carcelario; así como fuera rechazado su ingreso en el Internado Judicial Capital los Teques, en virtud que la boleta de ingreso correspondiente esta dirigida a la Planta; y por cuanto este Tribunal considera necesario y pertinente, ACUERDA: PRIMERO: Deja sin efecto la boleta de ingreso Nº 010-06, de fecha 18-07-2006. SEGUNDO: Ordena Librar boleta de ingreso dirigida al Internado Judicial Capital Los Teques. TERCERO: Librese Oficios al Jefe de la Comisaría Generalísimo Francisco de Miranda de la Policía Metropolitana, con el objeto que se sirva trasladar al sancionado al citado internado, para su ingreso en el mismo. Librese lo conducente. CÚMPLASE.-
LA JUEZ

DRA. MARIELA GÓMEZ URDANETA
EL SECRETARIO

ABG. GREGORY BLANCO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal.
EL SECRETARIO

ABG. GREGORY BLANCO
EXP: J1°E/06-383/GB