REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

GADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.
Maracay, 20 de JULIO de 2006.
196° y 147º
Exp. Nº QF-7240.
Vista la diligencia estampada en fecha 18 de julio de 2006, por la Ciudadana: DEYANIRA REQUENA, debidamente asistida por el Ciudadano Abogado: DIOGENES MALAVE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.830, mediante la cual DESISTE de la presente Querella Funcionarial de Nulidad de la Resolución emanada del Despacho del Alcalde signada con el Nro. A-182-05, y asimismo solicita el archivo del presente expediente; este Tribunal Superior, da por DESISTIDO el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la Ciudadana: DEYANIRA REQUENA, debidamente asistida de Abogado, contra el MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA; en consecuencia, por cuanto no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte la HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado en el presente caso por analogía, ordenándose el ARCHIVO del Expediente.
EL JUEZ SUPERIOR PROVISORIO,

DR. DOMINGO EFREN ZERPA NARANJO.
LA SECRETARIA,

ABG. GLENDA DE LOS RIOS.




DEZN/yris.
cc. archivo.