REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO SEXTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº XVI. Caracas, once (11) de Julio Dos Mil Seis (2006).
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-012866
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el anterior CONVENIMIENTO DE FIJACION DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, presentado por la abogada DILIA LOPEZ BERMUDEZ, en su carácter de Fiscal Centésima Tercero (105°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, a solicitud de los ciudadanos ALEXANDER RAMON SALAZAR RODRIGUEZ y BLANCA MADELAINE CARRERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros Nos. V-12.378.899 y V-15.152.086 respectivamente, a favor de su niña KENDRICK ALEXANDER SALAZAR CARRERO de nueve (09) años de edad; y por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; este Tribunal procede a Homologar el presente CONVENIMIENTO DE FIJACION DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en los términos allí expuestos todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguense a los interesados en la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), a fin de que surta los efectos legales correspondientes. A tal efecto se acuerda oficiar a la referida Oficina OAP, comunicándoles lo pertinente. Archívese el expediente. Cúmplase.
LA JUEZA SUPLENTE ESPECIAL
Abg. Maria Isabel Salazar Castillo
La Secretaria
Abg. Katery C. Rojas
Motivo: Convenimiento O.A.
MIS/kr.
Exp. N° AP51-S-2006-012810
MISC/KR
MINUTA:
En el día de hoy 11-07-06, se dictó un auto mediante el cual se homologó el convenimiento de Fijación de la Obligación Alimentaria, presentado por la Abg. CELIA VIRGINIA MENDOZA RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal 105° del Ministerio Público, a favor de la niña KIMBERLY NAYGLETH ANGULO CRUZ, de 9 años de edad, a solicitud de sus padres ciudadanos LUIS LIMBER ANGULO y LUAZ MARINA CRUZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nro 12.096.211 y 12.095.629