REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÒN CAPITAL. Caracas, veintiséis (26) de julio de dos mil seis (2006).
196° y 147°

Estando dentro del lapso de cinco (5) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por los abogados LAURA R. BENSHIMOL DOZA y LEON S. BENSHIMOL SALAMANCA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 53.471 y 76.696, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano VICTOR MANUEL HERNANDEZ ROJAS, portador de la cédula de identidad No. 2.752.004, mediante la cual solicitan el pago de los intereses de mora sobre las Prestaciones Sociales a la Gobernación del Estado Miranda.
EL JUEZ



JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY

LA SECRETARIA


MARÍA LUISA RANGEL
EXP. 06-1407/drfz.-