JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas,
196º y 147º
Vista la diligencia de fecha 09 de Mayo de 2006, suscrita por la abogada LEIDER MACÍAS DE VELANDIA, en su carácter de apoderada de la parte actora, en la cual consigna copia certifica del convenimiento celebrado por las partes, por ante la Notaria Pública sexta del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 24 de Marzo de 2006, y por cuanto consta en autos las facultades para realizar dicho acto. El Tribunal por cuanto considera que la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres, ni alguna disposición expresa en la Ley y trata sobre derechos disponibles entre las partes, Homologa dicho Convenimiento en los mismos términos expuestos, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas con inserción en ella de dicha dirigencia y del presente auto.
El Juez,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ
La Secretaria Acc,
MARÍA GABRIELA HERNÁNDEZ RUZ
LRHG/mal
Exp. No.05-8333
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