REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, ( ) de Julio de Dos Mil Seis (2006).-
Año 196º y 147º.-
Visto el desistimiento de fecha 19 de Julio de 2006, presentado por el Abogado JOSE FERNANDO NUÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 11.742, en su carácter de autos y el pedimento en ella contenida, este Tribunal da por consumado dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se ordena la devolución de los originales solicitados con inserción del presente auto previa certificación por secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. LEOXELYS VENTURINI.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA TITULAR,
RPV/LV/Mariana.-
EXP: 06-3171.-
Quien suscribe, Abg. LEOXELYS VENTURINI., Secretaria Titular del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: Que los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales los cuales corrían insertos en el Expediente Nº: 06-3171, contentivo del juicio que por RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, interpuso la ciudadana LUZ TERESA NUÑEZ SIFONTES,.- Caracas, ( 26 ) de Julio de Dos Mil Seis (2006).- Años: 196º y 147º.-
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. LEOXELYS VENTURINI.
RPV/LV/Mariana.-
EXP: 06-3171.-