REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, doce (12) de julio de 2006.-
Años: 195º Y 147º

Firme como ha quedado la decisión dictada por este Tribunal en fecha 17 de abril de 2006; se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, se ordena realizar por Secretaría un cómputo de los días de despacho transcurridos desde el día 02 de junio de 2006, exclusive, hasta la presente fecha, inclusive.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Richars Domingo Mata.
Quien suscribe, RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Deja constancia que, desde el 02 de junio de 2006, exclusive, hasta la presente fecha, inclusive, han transcurrido veinticuatro (24) días de Despacho.-
EL SECRETARIO,


RICHARS MATA.




VJGJ/RM/ZOV
Exp: 9147



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 12 de julio de 2006.
Años 195° y 147°

OFICIO Nº ___________
CIUDADANO:
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el numero 9147, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue el CARGILL DE VENEZUELA, C.A. ;constante de una (01) pieza, de doscientos cincuenta y cinco (255) folios útiles.-
Remisión que se le hace a usted, en virtud de haberse declarado firme la decisión de fecha 17 de abril de 2006.-
EL JUEZ,



Dr. Víctor José González Jaimes





VJGJ/RM/ZOV
Exp: 9147