REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

PARTE DEMANDANTE: NORELYS YUSLEMY VARGAS DI GIORGIO
PARTE DEMANDADA: CARLOS BETANCOURT RAMOS
MOTIVO: DIVORCIO ORDINATIO
EXPEDIENTE N°: 10.819

Maracay: 12 de Julio de 2006.-
196º y 147º
Vista la diligencia que antecede estampada por la Ciudadana NORELYS YUSLEMY VARGAS DI GIORGIO, en su carácter de parte actora en el presente juicio, debidamente asistida por la Abogado en Ejercicio MARTHA CARDOZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.124, y el pedimento contenido en la misma, este Tribunal dá por consumado el desistimiento del presente procedimiento, y le imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena la devolución del documento original (acta de matrimonio) que corre inserto al Folio (3 y Vto.), previa su certificación en autos por secretaría, se dá por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ TITULAR,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO,

ABG. ANTONIO HERNANDEZ
RCP/AH/nmh.-
EXP Nº 10.819