REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 21 de Julio de 2006.-
196° y 147°
Vista la anterior Solicitud presentada por el Ciudadano FRANK REINALDO RODRÍGUEZ MORILLO, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 7.272.764, y de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio VÍCTOR PEÑA RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 407, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación de su Acta de Nacimiento.-
La mencionada Acta corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por la Prefectura del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua (hoy Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry), según Acta N° 173, Tomo Único, Folio 053 y Vto., de fecha 15 de Julio de 1966.- El error denunciado consiste que al asentar el acta de Nacimiento del Ciudadano FRANK REINALDO RODRÍGUEZ MORILLO, se incurrió en el error de omitir el lugar de nacimiento del solicitante, para efecto probatorio el solicitante consignó Justificativo de Testigo, mediante el cual se evidencia el lugar de nacimiento del Solicitante, y probado como ha sido lo alegado, y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del Acta de Nacimiento del Ciudadano FRANK REINALDO RODRÍGUEZ MORILLO que donde dice: "....DOCE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO, nació un niño que lleva por nombre FRANK REINALDO...", debe decir: "....DOCE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO, en el Sector Niño Jesús. El Limón, Maracay, Estado Aragua, nació un niño que lleva por nombre FRANK REINALDO....", así mismo ordena al Jefe Civil de la Prefectura del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua (hoy Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry) y al Registrador Principal del Estado Aragua, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de Nacimiento del Ciudadano FRANK REINALDO RODRÍGUEZ MORILLO, a la rectificación ordenada.- Y ASI SE DECIDE.-
Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la Solicitud y de la Sentencia que fueren menester a los interesados y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.-
EL JUEZ TITULAR,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO,

ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ.
RCP/AH/nmh.-
EXP. N° 11.195.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.-
El Secretario,