EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay 04 de Julio de 2006
196° y 147°
DEMANDANTE: CARMEN ALICIA CAMACHO HERNÁNDEZ
DEMANDADA: PEDRO GALÍNDEZ
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES
EXP: 10539
Con vista a la diligencia que antecede estampada por la ciudadana CARMEN ALICIA CAMACHO HERNÁNDEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 3.280.234,en su condición de parte actora, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MARIO ANTONIO LUGO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 16.101, mediante la cual desiste de la acción en los siguientes términos:
“(...) desisto del presente procedimiento por cuanto llegue a un acuerdo privado con el demandado e lpasado mes de abril. …. Solicito del honorable tribunal le imprima su homologación al presente desistimiento y ordene me sean devuelto, previa certificación (…)”
Este Tribunal de conformidad con lo señalado en el artículo 265 da por consumado el desistimiento y le imparte su homologación en consecuencia previa devolución de originales de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el archivo del presente expediente. su desiscorporacion y remisión al archivo judicial
EL JUEZ
ABG, RAMÓN CAMACARO PARRA
El SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ
RCP/bes
EXP Nro. 10539