REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITOY BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 06-13306
PARTES: FRANKLIN JOSE CASTILLO GONZALEZ y RADA RIVERO NORELKYS COROMOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.979.613 y V-13.201.054 respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: GERALDO RAFAEL DURAN HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.553
MOTIVO: DIVORCIO 185-A.
- I –
En fecha 12 de Junio de 2006, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos FRANKLIN JOSE CASTILLO GONZALEZ y RADA RIVERO NORELKYS COROMOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.979.613 y V-13.201.054 respectivamente, asistidos por el Abogado GERALDO RAFAEL DURAN HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.553, y solicitaron el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando que desde hace más de Cinco (05) años se encuentran separados y no han hecho vida en común desde entonces, cesando toda vinculación personal entre ellos. En dicha unión matrimonial no procrearon hijo alguno y ni adquirieron Bienes.
Admitida la solicitud en fecha 14 de Junio de 2006 y debidamente Notificado el Fiscal Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien no hizo objeción alguna al Divorcio solicitado.
En fecha 28 de Junio de 2006, la Alguacil Titular de este Tribunal consignó Boleta de Notificación debidamente firmada y sellada por el Fiscal Superior del Ministerio Publico de este Circunscripción Judicial.
De la revisión de las Actas que conforman el presente expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sin que hubiera existido entre los ciudadanos FRANKLIN JOSE CASTILLO GONZALEZ y RADA RIVERO NORELKYS COROMOTO, reconciliación alguna resultando procedente el Divorcio por ellos solicitado y Así se decide.
- I I -
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185 – A del Código Civil presentada por los ciudadanos FRANKLIN JOSE CASTILLO GONZALEZ y RADA RIVERO NORELKYS COROMOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.979.613 y V-13.201.054 respectivamente. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 03 de Septiembre de 1994, quedando registrado bajo el Nº 245, de los Libros de Registro Civil respectivos, correspondiente del año 1994
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, 20 de Julio de 2006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ
Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO
Abg. CAMILO CHACON HERRERA
En esta misma fecha, siendo las 10:05 am. se publicó y registró la anterior Sentencia.
EL SECRETARIO
EXPTE 06-13306
EPT/cchh/seig*
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