REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITOY BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-




SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE N° 05-12461

PARTES: WENDY YOHANMAR HERNÁNDEZ MARTÍNEZ y ABREU ABREU RAÚL ALBERTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.927.767 y V-13.908.583 respectivamente.

ABOGADA ASISTENTE: CARMEN TERESA COLMENARES HUÉRFANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 86.143

MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS
- I –

En fecha 19 de Enero de 2005, compareció ante este Tribunal la ciudadana WENDY YOHANMAR HERNÁNDEZ MARTÍNEZ y ABREU ABREU RAÚL ALBERTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.927.767 y V-13.908.583 respectivamente, asistidos por la Abogada CARMEN TERESA COLMENARES HUÉRFANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 86.143, y presentaron escrito por Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento, exponiendo que: el día 19 de Diciembre de 2003, contrajeron matrimonio, según consta Acta de Matrimonio N° 481, ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua. Que de dicha unión no procrearon hijos.

Este Tribunal en fecha 01 de Febrero de 2004, admitió la solicitud de Separación de Cuerpos.

En fecha 07 de Junio del 2006, los ciudadanos WENDY YOHANMAR HERNÁNDEZ MARTÍNEZ y ABREU ABREU RAÚL ALBERTO, asistidos por la abogado en ejercicio SANDRA VIVEROS DE LIMA Inpreabogado N° 113.262, comparecieron por ante este Tribunal y solicitaron la Conversión en Divorcio .

En fecha 26 de Junio de 2006 se dicto auto ordenándose librar Boletas de Notificación al Fiscal Superior del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, quien no hizo objeción alguna al Divorcio solicitado.

En fecha 30 de Junio de 2006, la Alguacil Titular de este Tribunal consignó Boleta de Notificación debidamente firmada y sellada por el Fiscal Superior del Ministerio Publico de este Circunscripción Judicial.

- I I -
D I S P O S I T I V O

Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la Conversión en Divorcio de la Separación de cuerpos de los ciudadanos WENDY YOHANMAR HERNÁNDEZ MARTÍNEZ y ABREU ABREU RAÚL ALBERTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.927.767 y V-13.908.583. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua según consta Acta de Matrimonio Nº 481 de los Libros de Registro Civil respectivos.

En cuanto a los bienes a liquidar este Tribunal Insta a que ratifiquen el escrito de fecha 19 de Enero de 2005.

Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, 27 de Julio de 2006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ


Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA

EL SECRETARIO


Abg. CAMILO CHACON HERRERA

En esta misma fecha, siendo las 2:30 pm. se publicó y registró la anterior Sentencia.
EL SECRETARIO

EXPTE 05-12461
EPT/cchh/seig*