REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CON SEDE EN CAGUA
Cagua, 31 de Julio de 2006
196° y 147°

PARTE ACTORA: VIRGINIA MARIA LEON PIÑANGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.679.279

PARTE DEMANDADA: GERMAN OLARTE ALONSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.024.178.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

Por cuanto de la revisión de las actuaciones anteriores que conforman al presente expediente, se constata que ha transcurrido más de UN (01) AÑO, sin que las partes hayan ejecutado ningún Acto de Procedimiento, es por lo que este Juzgado en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil.

Dado, firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Archívese el expediente constante de (07) folios útiles.
EL JUEZ

Dr. EULOGIO PAREDES TAAZONA
EL SECRETARIO


Abg. CAMILO CHACON HERRERA

En la misma fecha, previa el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registro, siendo las 09:30 a. m.


EL SECRETARIO


Abg. CAMILO CHACON HERRERA

Expte N° 02-11157
EPT/cchh/ym