PARTE ACTORA DANIELLI CAROLINA DÁVILA QUINTERO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA N° 14.683.104

PARTE DEMANDADA JOAQUIN GOMEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA N° 11.179.800

MOTIVO SOLICITUD DE PENSIÓN DE ALIMENTOS A FAVOR DE MARIELENA GÓMEZ DAVILA

Visto el convenimiento celebrado entre los ciudadanos: DANIELLI CAROLINA DÁVILA Y JOAQUIN GOMEZ Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° 14.683.104 Y 11.179.800 respectivamente por ante la Defensoria Municipal de Derechos de Niño y Adolescentes “ JOSÉ FÉLIX RIBAS”, ubicada en La Victoria Estado Aragua, el cual es enviado para su homologación; este Tribunal le da entrada, le asigna un numero para su control en el archivo, se avoca al conocimiento de la causa y de conformidad con el articulo 315 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y Adolescentes le imparte su homologación
LA JUEZA TEMPORAL

DRA LICET LÓPEZ LA SECRETARIA

DRA NANCY MOLINA
LL/NM/MA exp. 21071